A partir de noviembre, los
monotributistas que impriman sus facturas tendrán que incluir en ellas el
Código de Autorización de Impresión (CAI), según lo establecido en la
resolución 3.665 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
José Luis Ceteri, especialista en
sistema tributario argentino, señala que, antes de ir a la imprenta, se deberán
ejecutar los siguientes pasos por Internet:
>Habilitar el punto de venta
Hay que ingresar por Internet,
desde la página Web de la AFIP -con CUIT y clave fiscal-, al servicio
denominado “Autorización de Impresión de Comprobantes”, dentro de la opción
“ABM de Puntos de Venta”. Si el servicio no se encuentra habilitado debe
habilitarse bajo la opción “Administrador de Relaciones con clave Fiscal”
>Autorización
Solicitar la autorización de
impresión de las facturas a través del servicio denominado “Autorización de
Impresión de Comprobantes”, bajo la opción “Nueva solicitud de Código de
Autorización de Impresión (CAI). La información que hay que brindar es la
siguiente:
Punto de venta: 0001
Código de comprobante: 11
(factura) - 15 (recibo)
Cantidad de comprobantes
solicitados: 50, 100, etc. (la vigencia es de 1 año).
Comprobante de resguardo: Son
comprobantes manuales para los que imprimen factura electrónica.
Apellido y nombre de la persona
que hará el trámite en la imprenta.
Antes de autorizar, la AFIP
verificará que el monotributista se encuentre con el domicilio fiscal y el
código de actividad actualizados y que registre la inscripción activa como
contribuyente.
También controlará que los
monotributistas adheridos a partir de la categoría “F” en adelante (o
cualquiera, si es empleador) hayan cumplido con el Régimen de Información
cuatrimestral del monotributo.
Después del análisis, la AFIP
podrá autorizar total o parcialmente, o denegar el pedido de impresión de
facturas. Si es aceptada la solicitud de impresión, dentro de la página Web de
la AFIP, y bajo la opción “Solicitud de impresión y/o importación”, se podrá
verificar el “Código de Autorización de Impresión”.
Esta constancia tiene que
imprimirse en dos copias, llevando una de ellas firmada a la Imprenta. La
imprenta verifica online el trámite realizado por el contribuyente, imprime las facturas y entrega los
comprobantes al monotributista, que deberá ingresar nuevamente a la página web
de la AFIP, con la clave fiscal y el CUIT, en la opción “Autorización de
impresión de comprobantes” para informar sobre los comprobantes que recibió de
la imprenta (si este último trámite no se hace, no se autorizarán impresiones
futuras).
Fuente: Iprofesional